fbpx

Aprobada la Ley de prevención de pérdidas y despilfarro alimentario

El pasado 4 de marzo en el Pleno del Parlamento de Cataluña, se aprobó con todos los votos a favor, la primera Ley de prevención de pérdidas y despilfarro alimentario. Su aplicación la puede convertir en una ley referente en Europa.

Según datos de 2010, el derroche alimentario en los hogares, los comercios al por menor y la restauración en Cataluña fue de 262.471 toneladas anuales. Esto significa que cada catalán derrocha 35 kilos al año, equivalente a un 7% de los alimentos adquiridos.

El impacto económico de estas pérdidas es de 841M € anuales y de 112 € por persona y año. En cuanto al impacto ambiental, este derroche supone una huella ecológica equivalente a la utilización de 234.022 hectáreas de cultivo, cifra correspondiente a la emisión de 520.723 toneladas de gases de efecto invernadero, que serían los producidos por 20.300 automóviles durante la su vida útil.

Se trata de una normativa pionera en Europa porque prioriza la prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentario en origen ante la redistribución de los excedentes, y lo hace a lo largo de toda la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta el consumidor final.

A la espera de la publicación de la Ley en el Boletín oficial, se ha informado de algunas de las medidas que se llevarán a cabo:

Para las empresas de la cadena alimentaria, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que se dediquen a la distribución de alimentos:

• Estarán obligadas a disponer de un Plan de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentario.
• Deberán medir e informar anualmente sobre los niveles de generación de pérdidas y desperdicio de alimentos y adoptar las medidas pertinentes para aplicar la jerarquía de prioridades que establece la ley en cuanto el destino de los excedentes: primero la alimentación humana, si esto no es posible, la alimentación animal y si tampoco es posible, el compostaje u otros usos técnicos.

Para el sector de la restauración y hostelería:

• Facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido, e informar de esta posibilidad de manera clara y visible en el mismo establecimiento, preferentemente en la carta o el menú.

• Utilizar envases para el traslado de los alimentos no consumidos, que sean aptos para el uso alimentario, reutilizables, compostables o fácilmente reciclables, y admitir que el consumidor lleve su propio envase.

Para el sector público:

  • La ley impone a la Administración pública la obligación de incorporar en los contratos públicos cláusulas para prevenir las pérdidas y el despilfarro alimentario.

Lo que no contempla la ley, por ejemplo, es que se permita comercializar alimentos vencida su fecha de consumo preferente y con garantías, como sucede en países europeos como Alemania, Bélgica, Dinamarca, Francia, Noruega o Reino Unido. Prolongar la vida de los alimentos manteniendo la seguridad alimentaria permite cambiar el actual modelo de economía lineal a una economía circular.

Tampoco sabemos cuál será el seguimiento de control de las medidas de régimen sancionador que se han establecido.